martes, 31 de marzo de 2009
ANÁLISIS DE HOY EMPIEZA TODO
Un director de un parvulario en una región caracterizada por el desempleo por la crisis de la minería, su única fuente de actividad económica, la escasez de medios, los malos tratos, la delincuencia juvenil,el alcoholismo....
Una madre va a buscar a su hija, pero cae redonda en el patio, completamente borracha. Al recuperarse, huye avergonzada, dejando abandonada a la niña y al hermanito de ésta. El director de la escuela no tiene más remedio que implicarse y ocuparse de los dos niños. Frente a la rigidez del
sistema educativo y a la burocracia de las administraciones políticas (y servicios sociales)el director y las profesoras de su escuela luchan por desarrollar su labor, pero la raíz de muchos de los problemas que afrontan está fuera de la escuela.
Destaca el análisis de las diferentes posturas que adoptan los educadores ante los problemas, es un importante fuente de información si estudias alguna especialidad del ámbito educativo o social, realiza una crítica social y política de la sociedad francesa, y por extensión, de la occidental pero a la vez esperanzadora para el futuro profesional en estos ámbitos. Al margen de poner en tela de juicio el papel de los profesionales en el sector educativo y de servicios sociales, como película esta llena de sensibilidad y ternura por los niños ajenos a un mundo hostil en el crecen, la dura y difícil realidad en la que viven.
La interiorización del tiempo como mecanismo regulador del individuo. Reflexiones sobre el tiempo escolar ROSA VÁZQUEZ RECIO Universidad de Cádiz.
Precisamente, la fuerza y la severidad del tiempo escolar planificado se debe a que actúa en el plano de lo implícito, regulando y dominando los deseos y la inventiva del alumnado y del profesorado. “Lo implícito resulta una satisfactoria coartada que asegura la buena conciencia de cada uno, al permitirle pensar que su interpretación es la misma que la de todos” (Husti, 1992, p. 278). Este tiempo objetivo interiorizado es el tiempo disciplinario, el cual regula y dosifica las actividades escolares y, las conductas de los sujetos, especialmente las del alumnado, porque a quienes hay que disciplinar en la organización escolar no es al profesorado sino a los discentes; disciplinados éstos, el orden en la institución parece que está garantizado.
martes, 17 de marzo de 2009
CLAUSTRO DE PROFESORES
Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
Estará integrado por todos los profesores que presten servicios en el centro y presidido por el Director .
Las funciones del Claustro según el artículo 129 de la LOE son las siguientes:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.
Estará integrado por todos los profesores que presten servicios en el centro y presidido por el Director .
Las funciones del Claustro según el artículo 129 de la LOE son las siguientes:
a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar en la selección del director en los términos establecidos por la presente Ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección presentados por los candidatos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en las que participe el centro.
h) Informar las normas de organización y funcionamiento del centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de sanciones y velar por que éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro.
k) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa o por las respectivas normas de organización y funcionamiento.
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